Te doy la bienvenida a este artículo donde abordaremos una pregunta que muchas personas nos hacen después de su separación o divorcio: ¿A qué edad mi hijo o hija puede comenzar a dormir en casa del otro padre o madre? Si bien este es un tema delicado que no tiene una respuesta única, acá abordaremos los diferentes matices para que puedas tomar las mejores decisiones en tu caso.

 

¿Qué es la Relación Directa y Regular?

 

La Relación Directa y Regular, también llamada RDR o más común como "Visitas", es el derecho que busca que los hijos se relacionen con el progenitor que no vive con ellos. Este derecho permite tener una relación estable con el niño o niña, lo cual es considerado esencial para su buen desarrollo emocional y psicológico. Por eso su nombre relación directa por la conexión que debe haber entre hijo y hija y sus padres y regular debido a que este vínculo debe ser constante y frecuente en el tiempo.

 

A continuación entraremos más detalles de como se regula esta relación y sus implicancias para la pernoctación. (En el mundo del derecho de familia comúnmente se utiliza la palabra "pernoctar", que significa "quedarse a dormir")

 

Régimen de Visitas en Chile

 

En Chile no existe una forma determinada por ley para regular las visitas, lo que existe es un conjunto de normas que funcionan como parámetro, pero este conjunto de normas regula el cumplimiento de las visitas no la forma en la que se fijan las visitas, esto quiere decir que las personas pueden regular las visitas cómo más les acomode. Y este punto es muy importante entenderlo, ya que la mayoría de los casos las visitas son reguladas fin de semana por medio y fechas especiales, como vacaciones de invierno, verano, navidad y año nuevo. Pero este régimen de visitas tan popular en los últimos años es francamente insuficiente para poder ejercer la labor de crianza, ya que menos de 4 días al mes no es suficiente para poder tener un impacto en la educación.

 

Por lo anterior es muy importante que consideres tener visitas en la semana, tiempos de hacer tareas, llevar y traer del colegio y la asistencia a talleres deportivos para tener un vínculo real y poder ejercer una crianza responsable.

 

Ahora sí vamos a responder la pregunta por la que estamos aquí...

 

¿A qué edad puede pernoctar tu hijo o hija durante la visita?

 

Cómo lo comentamos en el párrafo anterior no existe una manera determinada de regular las visitas, la ley no especifica una edad en que los menores pueden quedarse a dormir con el papá o mamá que realiza las visitas, esto debe ser un consenso entre papá y mamá. (también puede ser entre abuelos y abuelas dependiendo quien tenga el cuidado personal y quien realice la visita)

 

Cuando los hijos son muy pequeños un régimen progresivo de visitas es una muy buena opción para poder trabajar la confianza de la mamá, quien comúnmente cuida a los hijos e hijas cuando son muy pequeños. Un régimen progresivo de visitas quiere decir "de a poco", acordar días específicos de visitas y acordar algunas horas al día bajo supervisión, después del primer o segundo mes que las visitas se cumplan, se aumenta la progresión y pueden ser unas pocas horas pero sin supervisión, posteriormente las pocas horas pasa a ser todo el día para después de unos meses se comience con la pernoctación en casa del otro progenitor.

 

Recordar que las progresiones anterior mencionadas son solo un ejemplo este régimen puede ser como ustedes lo acuerden. Implementar un régimen progresivo de visitas es muy positivo, tanto para la confianza de la persona que tiene el cuidado personal, como para consolidar un vínculo con niños y niñas antes de tener visitas más largas. Esto permite que se sientan más seguros y que sea viable la relación a largo plazo, que se dé de forma natural y no impuesta.

 

Factores Importantes a Considerar en el régimen de visitas con pernoctación

 

Hemos visto cientos de casos de familia y en muchos casos donde los niños son menores de 7 a 10 años hemos visto una fuerte resistencia de madres para que duerman en la casa del padre, si bien esto se debe a múltiples factores y es imposible poder generalizar porque existen unos casos totalmente justificados y otros casos completamente contrario, incluso hemos visto varias veces casos donde los niños y niñas son amamantados y tienen más de 5 años para utilizar esto como un argumento legar e impedir la peritación por eso he considerado importante explicar el punto siguiente, que son los factores que considera un Juez o Jueza para la pernoctación.

 

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Factores que considera un Juez o Jueza para la pernoctación en el régimen de visitas.

 

Los tribunales evalúan varios factores para considerar la pernoctación en un régimen de visitas, el más importante es el apego que ya existe con la persona que realiza las visitas, cuan frecuente ha sido su relación y si ha habido incumplimientos anteriores al régimen de visitas. Otro factor importante es el espacio que posea la persona en su hogar, si tiene una habitación propia para la menor y si cumple con todas las comodidades básicas para poder alojarla.

 

Es importante considerar que el régimen de visitas con o sin pernoctación se debe regular por mediación en primera instancia y si en mediación una de las partes no asiste o no se llega a acuerdo se emite el certificado de mediación frustrada y con eso se puede iniciar un juicio, aunque en la mayoría de los casos es importante llegar a acuerdo en mediación. Por eso si quieres prepararte para mediación consulta por nuestra asesoría de preparación para mediación acá: https://derechodefamiliachile.cl/soporte.

 

Cuando vas a tribunales si bien es importante los hechos que están ocurriendo, es más importante como esos hechos se presentan y como se debaten los argumentos de la otra parte, acá la representación legal es clave, tener un abogado o abogada que se abandere por ti y que represente fielmente tus intereses es una de las primicias claves para ganar los juicios.

 

Cuando una persona utiliza el argumento de que el niño o niña está amamantando y por eso no puede quedarse a dormir en el otro hogar y el menor tiene 5 - 6 años en la mayoría de los casos eso quiere decir que la mamá está poniendo excusas y que no hay una razón de peso para que la pernoctación se lleve a cabo, hasta el día de hoy no hemos encontrado ningún artículo o investigación científica validada que indique que es saludable que los menores deben amamantar hasta tal edad por ende este argumento puede ser fácilmente contra argumentado por una representación legal de experiencia. Por otro lado, una representación legal defectuosa puede hacer que pierdas el juicio aunque la otra parte use argumentos como el anteriormente señalado.

 

También es importante recalcar que si existen argumentos sólidos o de peso para que las visitas no se realicen con pernoctación, irresponsabilidad en el cumplimiento de visitas anteriores, evidencia de habilidades parentales defectuosas, no tener la capacidad de brindar un espacio cómodo y seguro, incluso el amamantar puede ser una de ellas en bebés menores de 2 - 3 años.

 

Es muy importante que sepas que los jueces y juezas toman su decisión en base a 4 factores:

 

  1. Los hechos y argumentos mostrados por tu abogado o abogada.
  2. Los hechos y contra argumentos mostrados por la representación legal de la otra parte.
  3. Los parámetros legales. 
  4. Sus propias creencias.

 

Es importante entender que aunque los jueces son o deberían ser imparciales no lo son, son personas que están susceptibles a ser persuadidas, que tienen sentimientos, creencias previas y a lo largo de nuestra experiencia nos ha tocado ver jueces que en casos muy similares con argumento y hechos muy similares dan un veredicto totalmente distinto, por eso es necesario que si llegas a este punto judicial tengas una representación legal especializada que pueda detectar los cambios de opinión entre jueces y poder adaptar sus argumentos al pensamiento propio del tribunal que está llevando la causa.

 

Conclusión

 

La pernoctación de un niño o niña es algo que debe ser analizado en cada caso, no existen reglas o leyes que determinen una edad específica para poder ser efectiva. Por eso es muy importante que atiendas tu caso en especial y no busque parámetros de otras personas, que pienses realmente que es lo que quieres para ti, para tus hijos e hijas y como ellos podrán estar mejor y ser más felices.

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